lunes, 29 de septiembre de 2014

Tipos de Licencias de Conducir

LICENCIA DE CONDUCIR CLASE “A” CATEGORIA I

Autoriza a conducir vehículos automotores de las categorías:
  • Categoría M: Vehículos automotores de cuatro (04) ruedas ó más diseñados y construidos para el transporte de pasajeros.
M1
Vehículos de ocho (08) asientos ó menos, sin contar el asiento del conductor. Ejemplo:
       Sedan                             Station Wagon                                      SUV
1           2                  3
M2  
Vehículos de más de ocho (08) asientos, sin contar el asiento del conductor y peso bruto vehicular de cinco (05) toneladas ó menos. Ejemplo:
  Microbús (Combi)                                                 Minibús (Coaster)
4                                  5
DE USO PARTICULAR
Categoría N: Vehículos automotores de cuatro (04) ruedas ó más diseñados y construidos para el transporte de mercancía.
N1
Vehículos de peso bruto vehicular de 3,5 toneladas ó menos. Ejemplo:
              Pick up                                      Baranda            
6 7

Estos vehículos pueden llevar acoplado ó enganchar otro vehículo de la categoría:
  • Categoría O: Remolques (incluidos semiremolques)
O1
Remolques de peso bruto vehicular de 0,75 toneladas ó menos.

La clasificación vehicular  completa se encuentra señalada en:
Anexo 1 del D.S. Nº 058-2003
REQUISITOS:
a)       Edad mínima 18 años
b)      Secundaria completa
c)      Certificado médico de aptitud psicosomática.
d)      Certificado de aprobación del examen de normas de tránsito o Certificado expedido por una Escuela de Conductores con un mínimo de 20 horas.
e)      Aprobar el examen de manejo para la categoría
f)       Pago Banco Scotiabank S/. 48.95 – cta. del Touring por derecho de exámenes
g)      Pago por derecho de tramitación S/. 24.50 en el Banco de la Nación: Tasa Nº 1600.
         Nota:   Las personas mayores de 16 años con plena capacidad física de sus derechos civiles, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 42º y 46º del Código Civil, también podrán aspirar a la obtención de una licencia de conducir de esta categoría.

LICENCIA DE CONDUCIR CLASE “A” CATEGORIA II-a
Autoriza a conducir vehículos automotores de transporte de personas de la categoría:
  • Categoría M: Vehículos automotores de cuatro (04) ruedas ó más diseñados y construidos para el transporte de pasajeros.
M1
Vehículos de ocho (08) asientos ó menos, sin contar el asiento del conductor. Ejemplo:
  Sedan                                 Station Wagon                                      SUV
1           2                  3
Destinados al servicio de transporte especial de pasajeros en las modalidades de taxi, escolar, turístico y de emergencia, así como a los servicios de transporte colectivo de pasajeros en los ámbitos provincial, interprovincial e internacional transfronterizo.
M2  
Vehículos de más de ocho (08) asientos, sin contar el asiento del conductor  y peso bruto vehicular de cinco (05) toneladas ó menos. Ejemplo:
Microbús (Combi)                                            Minibús (Coaster)
4                                  5
DE USO PARTICULAR
  • Categoría N: Vehículos automotores de cuatro (04) ruedas ó más diseñados y  construidos para el transporte de mercancía.
N1
Vehículos de peso bruto vehicular de 3,5 toneladas ó menos. Ejemplo:
                              Pick up                                                  Baranda               
6 7
Estos vehículos pueden llevar acoplado ó enganchar otro vehículo de la categoría:
  • Categoría O: Remolques (incluidos semiremolques)
O1
Remolques de peso bruto vehicular de 0,75 toneladas ó menos.
La clasificación vehicular  completa se encuentra señalada en:
Anexo 1 del D.S. Nº 058-2003
REQUISITOS:
  1. Edad mínima 21 años
  2. Secundaria Completa
  3. Certificado médico de aptitud psicosomática.
  4. Certificado de Profesionalización del conductor en transporte de personas.
  5. Aprobar el examen de manejo para la categoría
  6. Pago Banco Scotiabank S/. 48.95 – cta. del Touring por derecho de exámenes
  7. Pago por derecho de tramitación S/. 24.50 en el Banco de la Nación: Tasa Nº 1600.

LICENCIA DE CONDUCIR CLASE “A” CATEGORIA II-b
Autoriza a conducir vehículos automotores de las categorías:
  • Categoría M: Vehículos automotores de cuatro (04) ruedas ó más diseñados y construidos para el transporte de pasajeros.
M2  
Vehículos de más de ocho (08) asientos, sin contar el asiento del conductor y peso bruto vehicular de cinco (05) toneladas ó menos. Ejemplo:
Microbús (Combi)                                               Minibús (Coaster)
1                                  2
Destinados al servicio de transporte de personas bajo cualquier modalidad.
  • Categoría N: Vehículos automotores de cuatro (04) ruedas ó más diseñados y construidos para el transporte de mercancía.
N2
Vehículos de peso bruto vehicular mayor a 3,5 toneladas hasta 12 toneladas. Ejemplo:                                                 
                 Furgón                                      Cisterna        
                3                       4            
Estos vehículos pueden llevar acoplado ó enganchar otro vehículo de la categoría:
  • Categoría O: Remolques (incluidos semiremolques)
O1
Remolques de peso bruto vehicular de 0.75 toneladas ó menos.
O2
Remolques de peso bruto vehicular de más de 0.75 toneladas hasta 3.5 toneladas.
La licencia de conducir de esta categoría autoriza a conducir vehículos señalados en las categorías I y II-a.
La clasificación vehicular  completa se encuentra señalada en:
Anexo 1 del D.S. Nº 058-2003
REQUISITOS:
  1. Edad mínima 21 años
  2. Secundaria Completa
  3. Certificado médico de aptitud psicosomática
  4. Certificado de Profesionalización del conductor en transporte de personas o de mercancías
  5. Aprobar el examen de manejo para la categoría
  6. Pago Banco Scotiabank S/. 48.95 – cta. del Touring por derecho de exámenes
  7. Pago por derecho de tramitación S/. 24.50 en el Banco de la Nación: Tasa Nº 1600.
LICENCIA DE CONDUCIR CLASE “A” CATEGORIA III-a
Autoriza a conducir vehículos automotores destinados al transporte terrestre de pasajeros de la categoría:
Categoría M: Vehículos automotores de cuatro (04) ruedas ó más diseñados y construidos para el transporte de pasajeros.
M3
Vehículos de más de ocho asientos, sin contar el asiento del conductor y peso bruto vehicular de más de 5 toneladas. Ejemplo
                  Ómnibus urbano                            Ómnibus Interurbano
12
La clasificación vehicular  completa se encuentra señalada en:
Anexo 1 del D.S. Nº 058-2003
IMPORTANTE:
Los conductores que deseen recategorizar su licencia de conducir a una licencia de conducir de la clase “A” categoría III en cualquiera de sus clasificaciones deberán acreditar una experiencia mínima de un año como conductor con licencia de conducir de la categoría II, en conformidad con lo señalado en:
Segunda Disposición Complementaria Transitoria del D.S. Nº 040-2008-MTC
             
REQUISITOS:
  1. Edad mínima 24 años
  2. Secundaria Completa
  3. Certificado médico de aptitud psicosomática
  4. Certificado de Profesionalización del conductor en transporte de personas.
  5. Aprobar el examen de manejo para la categoría.
  6. Pago Banco Scotiabank S/. 48.95 – cta. del Touring por derecho de exámenes
  7. Pago por derecho de tramitación S/. 24.50 en el Banco de la Nación: Tasa Nº 1600.
LICENCIA DE CONDUCIR CLASE “A” CATEGORIA III-b
Autoriza a conducir vehículos automotores de transporte de carga de la categoría:
Categoría N: Vehículos automotores de cuatro (04) ruedas ó más diseñados y construidos para el transporte de mercancía.
N3
Vehículos de peso bruto vehicular mayor a 12 toneladas. Ejemplo:
             Remolcador                                                 Plataforma
     1           2
Estos vehículos pueden llevar acoplado ó enganchar otro u otros vehículos de la categoría:
Categoría O: Remolques (incluidos semiremolques)
O1
Remolques de peso bruto vehicular de 0.75 toneladas ó menos.
O2
Remolques de peso bruto vehicular de más de 0.75 toneladas hasta 3.5 toneladas.
O3
Remolques de peso bruto vehicular de más de 3,5 toneladas hasta 10 toneladas.
O4
Remolques de peso bruto vehicular de más de 10 toneladas.
La clasificación vehicular  completa se encuentra señalada en:
Anexo 1 del D.S. Nº 058-2003
IMPORTANTE:
Los conductores que deseen recategorizar su licencia de conducir a una licencia de conducir de la clase “A” categoría III en cualquiera de sus clasificaciones deberán acreditar una experiencia mínima de un año como conductor con licencia de conducir de la categoría II, en conformidad con lo señalado en:
REQUISITOS:
  1. Edad mínima 24 años
  2. Secundaria Completa
  3. Certificado médico de aptitud psicosomática
  4. Certificado de Profesionalización del conductor en transporte de mercancías.
  5. Aprobar el examen de manejo para la categoría.
  6. Pago Banco Scotiabank S/. 48.95 – cta. del Touring por derecho de exámenes
  7. Pago por derecho de tramitación S/. 24.50 en el Banco de la Nación: Tasa Nº 1600.
LICENCIA DE CONDUCIR CLASE “A” CATEGORIA III-c
Autoriza a conducir vehículos de la categoría  III-a y b de manera indiferente.
La licencia de conducir de esta categoría autoriza a conducir los vehículos señalados en la categoría I y II.
La clasificación vehicular  completa se encuentra señalada en:
Anexo 1 del D.S. Nº 058-2003
IMPORTANTE:
Los conductores que deseen recategorizar su licencia de conducir a una licencia de conducir de la clase “A” categoría III en cualquiera de sus clasificaciones deberán acreditar una experiencia mínima de un año como conductor con licencia de conducir de la categoría II, en conformidad con lo señalado en:
Segunda Disposición Complementaria Transitoria del D.S. Nº 040-2008-MTC
 REQUISITOS:
  1. Edad mínima 27 años
  2. Secundaria Completa
  3. Certificado  médico de aptitud psicosomática
  4. Certificado de Profesionalización del conductor en transporte de personas y mercancías.
  5. Aprobar los exámenes de manejo para la categoría.
  6. Pago Banco Scotiabank S/. 48.95 – cta. del Touring por derecho de exámenes
  7. Pago por derecho de tramitación S/. 24.50 en el Banco de la Nación: Tasa Nº 1600.

CANJE DE LICENCIA:

POR MODIFICACIÓN DE LA INFORMACIÓN
Requisitos:
  • Pago por derecho de tramitación de S/. 24.50 en el Banco de la Nación: Tasa Nº 1708.
  • El documento que acredite la modificación. (*)
(*) Si la modificación implica la variación de las restricciones señaladas en la licencia de conducir deberá presentar el certificado de aptitud psicosomática expedido por el Establecimiento de Salud designado por la autoridad competente.
El titular de la licencia de conducir comunicará a la autoridad competente, en un plazo no mayor de treinta (30) días calendario, cualquier modificación de las condiciones físicas que determinaron la expedición de la licencia de conducir. El titular de la licencia de conducir que no informe a la autoridad competente en un plazo no mayor de treinta (30) días calendarios, sobre cualquier modificación de las condiciones físicas que determinaron la expedición de la licencia de conducir, será sancionado con la  suspensión de su licencia de conducir por seis (06) meses.


LICENCIAS DE CONDUCIR MILITAR
La licencia de conducir expedida de acuerdo al Reglamento de Tránsito Militar podrá canjearse por una de la clase y categoría equivalente a la establecida en el presente reglamento, siempre que la licencia de conducir esté vigente y presente el oficio del Director de la Escuela de Material de Guerra, gestionando el otorgamiento de la licencia de conducir para el conductor militar dado de baja, en situación de disponibilidad o retiro.
Requisitos:
  • Certificado de buena conducta, otorgado por la autoridad militar o policial competente.
  • Récord de accidentes e infracciones de tránsito del chofer militar, expedido por el Juez Militar de Tránsito.
  • Certificado del examen psicosomático y de suficiencia técnica, expedido por la Escuela de Material de Guerra.
  • Copia autenticada de la resolución y/o documento que acredite la baja del servicio activo.
  • Licencia de conducir militar en vigencia.
  • Copia simple del documento de identidad.
  • Pago por derecho de tramitación de S/. 24.50 en el Banco de la Nación: Tasa Nº 1600
  
LICENCIAS DE CONDUCIR EXPEDIDA EN OTRO PAÍS
La licencia de conducir otorgada en otro país, puede ser canjeada por una de la clase y categoría equivalente a la establecida en el presente reglamento, siempre que la licencia esté vigente.
Requisitos:
  • Certificado médico de aptitud psicosomática.
  • Certificado emitido por la autoridad competente que expidió la licencia materia de canje, acreditando su autenticidad con la indicación de la clase de vehículos  que autoriza a conducir.
  • Certificado de aprobación del examen de normas de tránsito y transporte terrestre, según la clase y categoría de la licencia de conducir materia de canje.
  • Copia del documento de identidad.
  • Pago por derecho de tramitación de S/. 24.50 en el Banco de la Nación: Tasa Nº 1600
Nota:    El requisito establecido en el numeral c) no es exigible para los ciudadanos de países que hayan celebrado con el Perú, Acuerdos Internacionales sobre reconocimiento recíproco y canje de licencias de conducir.


LICENCIAS DE CONDUCIR ESPAÑOLA
Mediante Decreto Supremo N° 051-2004-RE se ratificó el “Acuerdo entre el Gobierno de la Republica del Perú y el Reino de España”.
 Requisitos:
  • Presentar el original y copia de la licencia de conducir española vigente (1)
  • Certificado de aptitud psicosomática otorgado por Establecimiento de Salud autorizado por el MTC. 
  • Pago por derecho de tramitación de S/. 24.50 en el Banco de la Nación: Tasa Nº 1600
  • Certificado domiciliario expedido por Notario Público, Municipalidad o Juzgado de Paz o Certificado de Trabajo según corresponda. (2)
  • Declaración Jurada de donación de órgano (3)
  • Dos fotos a colores con fondo blanco, tamaño pasaporte
  • Copia del carné de extranjería o el Documento Nacional de Identidad
  • Adjuntar el original de la licencia de conducir española vigente
  • El Ministerio de Transportes y Comunicaciones solicitará la autenticidad de la licencia de conducir española.
  • Aquellos usuarios que registren domicilio de Lima – Perú, en el Documento Nacional de Identidad domicilio, no presentarán el mencionado certificado.
  • Solo en caso de ser extranjero
Antes de realizar los trámites de los requisitos que se solicita para el Canje – español, deberá acercarse a la Av. Arenales N° 720 2do piso – Jesús Maria para una información más detallada y envío de correo electrónico oficial a España solicitando la certificación de autenticidad del permiso de conducir español.


LICENCIAS DE CONDUCIR DE DIPLOMÁTICOS EXTRANJEROS
Los diplomáticos extranjeros acreditados en el Perú, así como sus ascendientes, descendientes y cónyuge, podrán obtener cualquiera de las licencias de conducir establecidas en el presente reglamento, acreditando su identidad con la exhibición del documento oficial pertinente.
Requisitos:
  • Nota de Protocolo del Ministerio de Relaciones Exteriores.
  • Copia de la licencia de conducir extranjera vigente de igual ó mayor categoría a la solicitada.
  • Copia del documento de identidad extranjero.
Nota: La solicitud deberá presentarse por conducto del Ministerio de Relaciones Exteriores.


REQUISITOS PARA MIGRANTES RETORNADOS (LEY 30001 - Decreto Supremo N° 035-2013-RE)
  1. Certificado emitido por la autoridad competente que expidió la licencia de conducir extranjera materia de canje , acreditando su autenticidad con la indicación de la clase de vehículo que le permite conducir.
    El cual debe estar legalizado o apostillado por el consulado de Perú en el exterior.
  2. Certificado de aptitud psicosomática en los centros médicos autorizados por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (el centro médico ingresara la ficha médica al Sistema Nacional de Conductores como tramite Canje Extranjero)
  3. Certificado de aprobación de examen de normas de transito y transporte según la clase y categoría de la licencia de conducir materia de canje. (Touring Club del Perú, sito en av. César Vallejo cuadra 6 -Lince) Se le exonera el examen de manejo.
  4. Copia de su Documento de Identidad Nacional (DNI).
  5. Pago por derecho de tramitación de S/. 24.50 al Banco de la Nación a la cuenta N° 01600
Con los requisitos establecidos pueden realizar su trámite de canje en las siguientes zonales de centro de emisión de Licencia de conducir:

Licencias Particulares Categoría A-I 
Av. Cesar Vallejo cuadra 6 - Lince

Licencias Profesionales 
Av. Antenor Orrego N° 1923 Chacra Ríos (altura de la 19 de la av. Venezuela)
Cualquier consulta adicional pueden comunicarse al correo oficial DGCT - Certifica ó al número telefónico 3322999 con la Srta. Ana Esther Landa Roque.

1 comentario:

  1. Las licencias de conducir que obtendrás pude varias de acuerdo al tipo de vehículo que manejarás, toda esa información la puedes encontrar en la Web de automoción online.

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